En el día hábil de hoy, 30 de Julio de 2010, habiéndose celebrado el día 23/07/10 lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se dejó constancia de que se encontraba presente la parte actora ANGEL RAMON PIRELA BOCANEGRA representada por los apoderados judiciales abogados Luz Marina Mejia y JUAN CARLOS ANTUNEZ. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar el dispositivo del Fallo. Ahora bien, en vista de la incomparecencia de la parte demandada a la primigenia audiencia preliminar. Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada.
Se condena a la parte demandada ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A. pagar al demandante ciudadano ÁNGEL RAMON PIRELA BOCANEGRA la cantidad de CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUAT.....