Visto el escrito recibido por este Juzgado en fecha 26/03/14, presentado por la ciudadana Nolida Ramos Rincón en su carácter de Vicepresidenta de la parte demandada Optica Visión Daniel, C.A. asistida por los abogados Nelitza Fernandez y Lisbeth Ortiz y Gabriel Gil mediante el cual solicita al Tribunal la presente causa sea declarada inadmisible de conformidad a lo contemplado el artículo 130 Ley Orgánica Procesal del trabajo, en virtud de que la parte actora ciudadana GEOVANINA GUIDETH COKA FLORES, titular de la cédula de identidad N° 16.081.585 incoara formal demanda en contra de OPTICA VISION DANIEL, C.A. cuya causa fuera identificada con el número VP01-L-2013-002022 en la cual se llevo a cabo la Audiencia Preliminar el día veintisiete (27) de Enero de 2.014 siendo el caso que la misma en esa oportunidad quedo desistida según se desprende del hecho notorio judicial.
De una revisión exhaustiva de las actas procesales, que conforman el presente asunto laboral a los fines del s.....