Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha treinta y uno (31) de Mayo de 2016 por el abogado en ejercicio Fernando Atencio Martínez, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 89.798, representando a la parte demandada sociedad mercantil TURBOCARE, C.A. (cambiada su denominación social a TURBOPRESERVICES, C.A.), representación que se evidencia de instrumentos poder que se encuentran agregados a las actas y el abogado David Soto, inpreabogado N° 210.567, asistiendo al ciudadano MHUGO JOSE D´SANTIAGO MONTES en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga a la demandante la cantidad de setecientos mil bolívares (Bs. 700.000,00). Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la Repúbl.....