En el día hábil de hoy,13 de Abril de 2007, siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el apoderado judicial abogado Benito Valecillos en representación del demandante y SERENOS RESPONSABLES, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representados por el apoderado judicial abogado Carlos Araujo, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada le pagará al demandante 20/04/07 en la sede del Tribunal la cantidad de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.