En el día hábil de hoy,10 de Febrero de 2012, siendo las 2:09 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la ciudadano BRIGIDA FEREIRA en su carácter de parte actora asistida por el apoderado judicial abogado José Primera y SERVICIOS BIOTECNICOS, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Carolina Bracho, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga a la demandante en este acto la cantidad de tres mil novecientos diecinueve bolívares con ochenta y siete céntimos (Bs. 3.919,87). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.