Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha veintiocho (28) de Mayo de 2014 por la abogada en ejercicio Angelica Otero, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 171.868, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada SERVICIOS GRANELEROS MARACAIBO, C.A. (SEGRAMAR), GRUPO SEREX, C.A.-, TRANSMARINE SHIPPING AGENCY, C.A. (TRANSMARINE, C.A.), TRANSCARGO DE VENEZUELA, C.A., CARGA MARITIMA DE VENEZUELA, C.A. y SERVICIOS LOGISTICOS DE OCCIDENTE, C.A., representación que se evidencian de instrumentos poder que se encuentran agregados a las actas y el apoderado judicial abogado Enrique Carmona Portillo, inpreabogado N° 141.622 asistiendo al ciudadano CESAR ANDRES GARCIA ARAGON en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga a la demandante la cantidad de sesenta y cinco mil doscientos sesenta y .....