En el día hábil de hoy,9 de Junio de 2010, siendo las 9:08 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano JOSE GABRIEL ROJAS DE ARCO en su carácter de parte actora asistido por la apoderada judicial abogada Rosa Portillo y DISTRISUR, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Xiomara Valecillos, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la parte demandada paga en este acto al demandante la cantidad de cinco mil seiscientos once con diecisiete bolívares con diecisiete céntimos (Bs. 5.611,17). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.