HOMOLOGA, por lo que le atribuye el carácter de cosa juzgada, a la transacción celebrada entre el ciudadano DOUGLAS ALBERTO CADENAS TORREALBA y la sociedad mercantil FUNDICIONES DE ALTA CALIDAD COMPAÑÍA ANÓNIMA, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos.
De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.
SE ORDENA LA REMISIÓN DEL EXPEDIENTE al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, último que conoció de la causa en fase de mediación, para que continúe con los trámites pertinentes al archivo del expediente, una vez que se de cumplimiento total a la transacción celebrada.