1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la sentencia de fecha 26 de octubre de 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio seguido por HÉCTOR PALENCIA, DANIEL RAMÍREZ y CELIMAR SÁNCHEZ, en contra de la sociedad mercantil SERENOS NACIONALES ZULIA C.A. (SENAZUCA), en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la decisión recurrida. 2) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS a la parte demandante recurrente en virtud de lo que establece el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.