PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por la parte demandada-recurrente, sociedad mercantil COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A., en contra del auto de fecha 6 de octubre de 2022 dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia que negó la apelación. SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, admita la apelación ejercida por la sociedad COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A. contra el auto dictado en fecha 6 de octubre de 2022, y sea escuchada a doble efecto. TERCERO: SE ANULA auto de fecha 6 de octubre de 2022 mediante el cual el a quo negó la apelación y todas las actuaciones subsiguientes a la referida fecha. CUARTO: SE ORDENA al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripció.....