1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la sentencia de fecha 15 de febrero de 2003, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en el juicio que sigue AIRAN JOSÉ VERA BOHÓRQUEZ en contra de la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A., en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la decisión recurrida que declaró la perención de la instancia en el referido juicio.
2) SE CONDENA EN COSTAS PROCESALES a la parte recurrente de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.