se establecen los siguientes criterios para la tramitación:
1) Se aplicarán por analogía los artículos 70 al 75 del Código de Procedimiento Civil, con excepción del artículo 73 eiusdem.
2) La decisión de la regulación de competencia se dictará dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de publicación del presente auto.