Finalizada la deliberación, el Juez lee la decisión: En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la decisión de fecha 18 de marzo de 2011, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. 2) CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JEM ANGARITA, frente a la FUNDACIÓN DEL PODER POPULAR PARA EL CRÉDITO SOCIAL (FUNDAPUEBLO). 3) SE MODIFICA el fallo apelado. 4) NO HAY CONDENATORIA en costas procesales.