SE ORDENA notificar a la sociedad mercantil COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A., parte demandada en la presente causa, a fin de que en forma expresa, dentro del plazo perentorio de dos días hábiles, contados a partir de su notificación, la cual habrá de hacerse en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales que constan en el expediente, en el domicilio procesal constituido en el presente juicio, para que manifieste en forma expresa su consentimiento al desistimiento del procedimiento manifestado en esta misma fecha por la parte demandante.