1) HOMOLOGA, por lo cual atribuye el carácter de cosa juzgada al acto de composición voluntaria con respecto a la sentencia dictada en esta causa en fecha 12 de febrero de 2008, manifestado por el ciudadano JESÚS RAMÓN APARICIO MÉNDEZ y la sociedad mercantil SERVICIOS TÉCNICOS GEODÉSICOS-TOPOGRÁFICOS Y DE SUMINISTROS (TECFEL S.A.).
2) Se da por terminada la presente causa y se ordena la remisión del presente expediente a los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral, con sede en Maracaibo, a los fines de que el Tribunal que por distribución corresponda el conocimiento de la causa, proceda al archivo del expediente y ordene su remisión al archivo judicial.
3) Expídase la copia certificada solicitada por la parte codemandada.