1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la sentencia de fecha 30 de enero de 2009, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio seguido por LUÍS EDUARDO ARAUJO ACEVEDO frente a PDVSA PETRÓLEO S.A., en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la decisión recurrida de fecha 30 de enero de 2009. 2) SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante en virtud de lo que establece el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.