Este, JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación iniciada por el ciudadano abogado en ejercicio Javier Manstretta, en contra de la ciudadana Jholeesky Ferrer en su condición de Jueza del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Laboral del Estado Zulia.
SEGUNDO: SE ORDENA el pago de la Multa establecida en el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo equivalente a diez unidades tributarias (10 U.T), al ciudadano abogado en ejercicio Javier Manstretta, por ante cualquier oficina Receptora de Fondos Nacionales para su ingreso en la Tesorería Nacional, para lo cual se elaborara la planilla correspondiente.
TERCERO: SE ORDENA notificar a la ciudadana Jueza recusada de la presente decis.....