-III-
DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por la representación judicial de la parte demandante en contra de la decisión de fecha 28 de julio de 2011, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de juicio del trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por el ciudadano JEAN FRANCO ESTRADA en contra de SCHLUMBERGER VENEZUELA, S.A., y no hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de le Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: SE CONFIRMA, el fallo apelado. CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTAS, a la parte demandante recurrente de conformidad con el artículo 64 de le Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La presente .....