DISPOSITIVO
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación, del tercero interviniente Producción Social, Asesoría de Proyectos, Consultoría Ambiental y Representaciones, C.A. (ACRE)
SEGUNDO: Se ordena al tribunal de primera instancia, donde cursa el asunto en funciones de mediación, que en la siguiente prolongación de la audiencia preliminar admita la intervención del tercero por tanto recibir el dossier probatorio y demás consecuencias de ley
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del Asunto.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1......