DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANVIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, en nombra de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su incompetencia funcional para conocer y decidir sobre la Falta de Cualidad, como defensa perentoria de fondo, planteamiento realizado por la representación judicial de la sociedad mercantil P&J Materiales, CA, por cuanto se considera competente al Juez de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, siempre y cuando sea alegada en la oportunidad correspondiente.
SEGUNDO: Su incompetencia funcional para conocer y decidir sobre la existencia o no del Grupo Empresarial, planteamiento realizado por la representación judicial de la sociedad mercantil P&J Materiales, CA, por cuanto se considera competente al
Juez de Primera Instancia de Juicio del .....