PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA, interpuesta por el ciudadano RITO JOSÉ RODRÍGUEZ MAGO actuando como parte actora, asistido por la abogada en ejercicio ELIZABETH CHIRINOS, en contra de la sociedad mercantil ELECTRIFICACIONES, CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES, CA, (ELECONCA) y solidariamente en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA MARCANO RODRÍGUEZ, C.A (CONSMARCA) y como persona natural los ciudadanos LEUDO A RODRÍGUEZ COLINA y DAYANA RODRÍGUEZ MARCANO, por no haber corregido los defectos ordenados a subsanar.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copias certificadas de é.....