Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA, interpuesta por los ciudadanos ALEXANDER JOSE PUERTA CORONA, DANIEL VASQUEZ VILLASMIL, JOSE GREGORIO BIARRETA MEJIAS, GREGORIO RAFAEL MONTERO OVIEDO, JULIO CESAR MERCHAN ARELLAN Y ANDRES ELI BRUCES ACOSTA, en contra de la SPS RISK VIGILANCIA C.A (SOLUCIONES DE PROTECCION y SEGURIDAD y solidariamente la empresa SCHULMBERGER DE VENEZUELA por no haber corregido los defectos del libelo ordenados a subsanar.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copias certificadas de esta Sentencia por Secretaria, a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, .....