PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara incompetente por la materia, para sustanciar y tramitar la presente reclamación intentada por la ciudadana ANDREA RAMIREZ MUDAFAR en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Se ordena la remisión de la presente causa a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
QUINTO: No se condena en costas a la parte demandada debido a la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de esta Sentencia por Secretaria a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y Numerales 3 y 9 del art.....