Hoy, dieciocho (18) de diciembre de Dos Mil doce (2012 ), siendo las 11:16 a.m comparecieron la Parte Beneficiaria Ciudadano DENIS JOSE DIAZ COLINA , asistido por la abogado en ejercicio MARIA MARCANO, así como el abogado en ejercicio EDUARDO RUMBOS, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Parte Consignante SCOMI OILTOOLS DE VENEZUELA, S.A., Dándose así inicio a la audiencia. Se constituye este Tribunal bajo la dirección del ciudadano Jueza Abg. MARIA AUXILIADORA CUBA VARELA, quien declaró abierto éste acto y constató la presencia de cada una de las partes. En este estado la Apoderada Judicial de la empresa consignante expone: "Con la finalidad de dar por terminada la presente causa la empresa ofrece en este acto a la parte demandante la cantidad de TRECE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs.13.786,37), suma ésta que corresponde al pago por concepto de prestaciones sociales, dicha cantidad es cancelada en este acto mediante cheque no .....