En consecuencia, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO, DÁNDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, y ordena el archivo del mismo, mediante auto por separado. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente acta de mediación todo conformidad con lo establecido en el numeral 3 del articulo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. OFICIESE.
Abg. MARIA AUXILIADORA CUBA VARELA
JUEZA 3° S M E
PARTE DEMANDANTE Y SU APODERADO JUDICIAL:
APODERADA JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA:
Abg. JANNETH RIVAS
SECRETARIA JUDICIAL
Quien suscribe, Abogada JANNETH RIVAS, secretaria (o) adscrito al Juzgado 3ero de 1era Instancia de Sust. Med. y Ejec. .....