PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: PERIMIDA la Instancia en la presente causa, seguida por el ciudadano MARLO COLINA , en su condición de parte demandante en el presente asunto, debidamente asistido por la abogada ADRIANA ELENA GARCIA NUÑEZ , en contra de la Empresa demandada DIVERS COSTA ORIENTAL DEL LAGO, COMPAÑIA ANONIMA (DICOL), por motivo de cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales.
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SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
TERCERO: Se ordena notificar a la parte demandante de la presente decisión, en aras de resguardar el derecho a la defensa.
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