Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por el ciudadano RUFINO CACERES, mayor de edad, Titular de las cedula de Identidad Número V-10.212.265 y domiciliados en el Municipio Baralt, del Estado Zulia, contra la parte demandada Ciudadano ORLANDO VILLEGAS ROJAS, mayor de edad, Titular de las cedula de Identidad Número V-4.658.444 y domiciliados en el Municipio Baralt, del Estado Zulia, por motivo de cobro de Prestaciones Sociales.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por Secretaría a los fines previstos en el artículo 248 del Códig.....