Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por la ciudadana BLANCA MOSQUERA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-13.660.463 , domiciliado en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia, contra la empresa CONSTRUCCIONES MECANICAS PIRAZZO, C.A.,, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por motivo de cobro de Prestaciones Sociales.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por Secretaría a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384.....