Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA DE ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO Y LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de la presente causa seguida en contra del ciudadano RAFAEL ENRIQUE RANGEL PEÑA, venezolano, mayor de edad, natural del Vigía, Estado Mérida, soltero, titular de la cédula de identidad N° 15.591.693, residenciado en el Sector San Juan, Calle del Medio, Casa S/N, El Batey, Municipio Sucre del Estado Zulia, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado para el momento de cometido el hecho en el artículo 455 ordinal 1° del Código Penal derogado, ahora artículo 453 ordinal 1°, cometido en perjuicio de la INDUSTRIAS LACTEAS SAN SIMON, C.A., ubicada en la parte interna de la Hacienda San Simón, Sector Monte Adentro, Municipio Suc.....