Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, en atención a lo establecido en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia No. 11.1163, de fecha 02-06-2015, incoada por los ciudadanos LEONER ENRIQUE NUÑEZ BARROSO y THAIS BEATRIZ SANCHEZ OCHOA, ya identificados, en consecuencia, se declara DISUELTO el vinculo matrimonial que contrajeran el día 15 de diciembre del 2017, por ante el Registrador Civil de la Parroquia Ricaurte Municipio Mara Estado Zulia.- Así se Decide.-,
No