DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al Penado JHAN ALBERTO OJEDA GARCIA, de nacionalidad Venezolana, natural de Machiques de Perijá, Estado Zulia, de 24 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.480.511, hijo de los ciudadanos Adalberto Ojeda y Marelys García, y residenciado en el es Sector San Martín, Centro Comercial Los Molinos, casa N° 49, Maracaibo Estado Zulia, como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena el DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO O REGIMEN ABIERTO en el Centro de tratamiento Comunitario "INSP. RAFAEL ANTONIO OCHOA CASTRO", ubicado en esta Ciudad, todo de conformidad con los Artículos 479 Ordinal 1°, en concordancia con el Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, Publíquese, Regístrese, Notifíquese.
LA JUEZ SEXTA DE EJECU.....