El Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, constituido como Tribunal de Jurados, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictó su pronunciamiento en base al Veredicto de CULPABILIDAD, emitido por el Jurado constituido para presenciar este Juicio, Veredicto que consta en Acta que forma parte de esta sentencia, por lo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 182 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para la fecha en la cual se constituyó el Tribunal, y CONDENÓ al ciudadano ALFREDO RAMON ARIAS VILLALOBOS, venezolano, de 33 años de edad, casado, mecánico, titular de la Cédula de Identidad No. 13.174.869, hijo de Adelmo Arias ( difunto ) y Cándida Rosa Villalobos, domiciliado en Urbanización Sucre, Calle 6, casa sin número en Cabimas, Estado Zulia, a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisió.....