DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en contra del penado ENDER JOSE GUERRERO MILLAN, venezolano, natural de Cabimas, portador de la cédula de identidad No. 11.453.702, de 40 años de edad, hijo de Julio Guerrero y de Ana Fidelina de Guerrero, y residenciado en la avenida principal Las Cabillas, calle 18 de Octubre, residencias Horizontes, Apartamento 5-B, planta baja, Estado Zulia, de conformidad con el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION más las accesorias de Ley, por considerarlo autor en la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotores, cometido en perjuicio del Estado Ve.....