Analizadas como han sido las actas, y por cuanto es procedente en Derecho lo solicitado, este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, SALA DE JUICIO, JUEZ PROFESIONAL UNIPERSONAL Nº 02, en la persona de la Abogada ZULIMA BOSCAN VASQUEZ, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por
Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR lo solicitado por el ciudadano RENNY JOSE CASTILLO RODRIGUEZ, C.I.No.V-7.868.468, asistida por la abogada en ejercicio NELLY ELENA CORNWALL, y se acuerda oficiar al Archivo Judicial, a los fines de que remita a este Tribunal expediente signado bajo el No.2U-1644-02, legajo No. 20, para lo cual se autoriza al ciudadano Alguacil Accidental de esta Sala, ciudadano ALEXANDER LISTA, titular de la cedula de identidad No. V-11.454.707, para el traslado del mismo.
PUBLIQUESE, INSERTESE.-
Déjese por Secretarí.....