Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE CAUSA, seguida en contra del ciudadano FRANKLIN ADONAIS COLMENARES MEDINA, por la comisin del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artculo 458 del Cdigo Penal, cometido en perjuicio del ciudadano PABLO EMILIO PICADO, de conformidad con lo previsto en el artculo 28, numeral 4, literal "d",n en relacin con el artculo 318 ordinal 1 del Cdigo Orgnico Procesal Penal, por cuanto el hecho punible no puede ser atribuido al imputado; y en consecuencia, se ordena la LIBERAD INMEDIATA, del referido ciudadano. Y AS DE DECLARA. Se deja constancia que la presente audiencia se celebro conforme a lo establecido en la ley, culminndose la misma siendo las 04:00 minutos de la tarde. Quedando notificadas las partes de la presente Decisin. Es Todo se Termino se ley y conformes Firma.....