Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos: DIANA CASTILLO CASTILLO, venezolana, soltera, titular de la cedula de identidad: N° V- 24.714.478, domiciliada en el centro de Encontrados, detrás de la iglesia, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del estado Zulia, y ciudadano: GUSTAVO PAEZ PEREZ, extranjero, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° V-83.156.923, domiciliado en el centro de Encontrados, casa s/n, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo Estado Zulia, a favor del niño: (IDENTIDAD OMITIDA), de 01 año de edad. Se deja constancia que el con.....