Por todo lo anteriormente expuesto se CONDENA al acusado: FEDERICO MANUEL CARRILLO DE LA HOZ de nacionalidad Colombiana, natural de Caracoles del Estado Atlántico, de 55 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Chofer, hijo de VICENTE CARRILLO (D) y de GREGORIA DE LA HOZ, Cédula de Identidad N° E-81.612.896, fecha de nacimiento 27.02.1947 y residenciado en El barrio Santander, calle 07 con carrera 26, casa N° 7-26 del Estado Atlántico Caracoles, Colombia, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS Y DOS (02) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánico de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y OCULTAMIENTO DE ARMAS DE GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 275 del Código Penal, en concordancia con el artículo 3 de la Ley sobre armas y explosivos, ambos en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo previ.....