Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185 DEL CÓDIGO CIVIL, formulada por los ciudadanos JESUS ALFONSO REYES MORLES y MAYSBEL FABIOLA PEREZ JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-20.255.706 y V-18.063.462, respectivamente y domiciliados en esta Ciudad de Cabimas del Estado Zulia, asistidos por la Abogada en ejercicio ELIDA GUTIERREZ e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 181.229, en consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día 10 de Marzo de 2015, por ante el Registrador Civil de la Parroquia Germán Ríos Linares del Municipio Cabimas del Estado Zulia, según consta en copia certificada del Acta de Matrimonio signada con .....