Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, otorga al penado FELIX ALBERTO OSORIO RUIZ, de nacionalidad venezolana, natural de Cabimas Estado Zulia, de 40 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. 9.143.620, Contador, hijo de Félix Osorio y Elba Ruiz, residenciado en la Urbanización Mara Norte, 3 Etapa, calle 7, casa N° 43-33 Maracaibo, Estado Zulia el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, de conformidad con lo previsto en el Artículo 501 en su Segundo Aparte del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese la presente Decisión, líbrense, Boleta de Notificación a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Público.-