Por las razones antes dichas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente juicio de Cobro de Bolívares (Intimación) seguido por Danny Alonso Rodríguez, Endosatario en procuración de MARIA EMILCE SÁNCHEZ OREJUELA, contra MARTÍN TERAN, DECRETA:
· MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre las Prestaciones Sociales, que le pueda corresponder al demandado MARTÍN TERAN, antes identificado, en su condición de Trabajador al servicio de la Empresa P.D.V.S.A. Petróleo S.A., a la terminación de su servicio laboral en la mencionada empresa. Todo hasta cubrir la cantidad de DIECISÉIS MILLONES SEISCIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 16.606.970,oo), suma intimada; en atención a lo dispuesto en el articulo 646 del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad con lo.....