PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación presentado, bajo la modalidad de efecto suspensivo, por la abogada MARIANELLA DEL CARMEN VALERA ANDRADE, en su carácter de Fiscal Auxiliar Interina adscrita a la Sala de Flagrancia de la Fiscalía Superior del Ministerio Público del estado Zulia, con sede en Maracaibo, contra la decisión No. 419-2020, dictada en fecha 11 de noviembre de 2020, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia
SEGUNDO: REVOCA la decisión impugnada, solo en cuanto a la medida cautelar sustitutiva impuesta al ciudadano ALEXANDER JOSÉ HERRERA MERCADO, por tanto, se decreta MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del citado procesado, por encontrarse llenos los extremos del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 237 y 238 ejusdem, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 458 del Código Penal, garantizando así.....