En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio que por PENSIÓN DE ALIMENTOS, intentara la ciudadana DEILA DEL C, VILLALOBOS FUEBMAYOR, y a favor de la niña y/o adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y en contra del ciudadano HIGINIO OJEDA ESPINA. En consecuencia, queda extinguido el procedimiento e igualmente, quedan suspendidas las medidas decretadas en el juicio.
Por la índole de la decisión no hay condenatoria en costas.
Una vez firme la presente decisión, líbrese el oficio participando la suspensión de las medidas decretadas en este juicio.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la parte accionante.