Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley REVOCA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, al penado: ENDER EDUARDO PINEDA VILORIA, Venezolano, natural de Valencia, Estado Carabobo, nacido en fecha 26-12-1971, de 35 años de edad, hijo de Teodoro Pineda y de Dilia de Pineda , de profesión soldador, residenciado en la Calle Carabobo, prolongación Miranda sector Palo Monagas al lado de la capilla de la Virgen del Valle Maturín Estado Monagas , quien fue condenado por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia , a cumplir la pena VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley , por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 408 Ordinal 1° del Código Penal en concordancia con el artículo 82 Ejusdem .....