Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud presentada por el ciudadano JESUS ALEXANDER ROSALES CORTEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-10.190.864, inscrito en el Inpreabogado N° 68.803, con domicilio procesal en el Edificio Inguti, avenida 3, planta baja, local No. 04, San Carlos de Zulia, teléfono 0424-7049103, actuando en favor del ciudadano encartado EDWAR AGUILAR OJEDA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Achagua, estado Apure, de 28 años de edad, nacido el 22/04/1986, titular de la cédula de identidad N° 18.326.962, de estado civil soltero, de profesión u oficio técnico en refrigeración, residenciad.....