Por todo lo anteriormente expuesto se CONDENA al acusado: ANASTACIO MARTÍNEZ TOSCANO, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, de profesión u oficio Taxista, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.610.141, de 56 años de edad, hijo de SEBASTIANA TOSCANO (D) y MIGUEL MARTÍNEZ (D), residenciado en el Barrio Armando Reverón, Avenida 96, casa N° 55-44, en la esquina de la cuadra de la Carnicería La Preferida, Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 14-02-46, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal penal, en concordancia con el ordinal 6to del artículo 330 Ejusdem