Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO seguida por la ciudadana YANICE BETZABEL RECIO FORNARELLI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.362.493, domiciliada en la Urbanización Amparo, calle Libertad, esquina San Benito, casa número 242, Sector Bello Monte, Municipio Cabimas del Estado Zulia, debidamente representada por su Apoderada Judicial, ciudadana, YADIRA ANDRADE POLENTINO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.709, en contra del ciudadano NESTOR JOSÉ VILLALOBOS ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 16.632.276, domiciliado en la calle Santa Cruz, casa sin número, Sector Bello Monte, P.....