SE ORDENA el inicio de la presente causa seguida al adolescente imputado IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, Venezolano, soltero, de diecisiete (17) años de edad, fecha de nacimiento 03/08/91, Indocumentado, sin oficio, nacido en Maracaibo Estado Zulia, hijo de los ciudadanos (SE OMITEN), domiciliado en (SE OMITE) Municipio Jesús Enrique Losada del estado Zulia, a través del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, contenido en los artículos 551 al 554 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la presunta comisión del delitos precalificados por el Ministerio Público, como el delito de LESIONES INTENCIONALES, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal y PRIVACION DE LIBERTAD PERSONAL previsto y sancionado en el articulo 174 del Código Penal ,cometido en perjuicio del ciudadano R.....