DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y por autoridad que le confiere la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
PRIMERO: Se declara PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa.
SEGUNDO: QUEDA FIRME la sentencia apelada.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
CUARTO: SE ORDENA la notificación de las partes que integran el presente asunto conforme a lo ordenado en la parte motiva del presente asunto.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA Y NOTIFIQUESE.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del JUZGADO SUPERIOR PRIMERO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo a los seis (06) días del mes de Noviembre de dos mil Seis (2.006). Siendo las 03:42 p.m.....