En consideración a que fueron ADMITIDOS LOS HECHOS impuestos por el Fiscal Decimosexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en sus alegatos de acusación, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA a los ciudadanos ARGENIS ENRIQUE CEPEDA LOPEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 26 años de edad, nació el 02-01-1980, de profesión u oficio Obrero, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V-14.237.789, hijo de Argenis Cepeda y de Isabel Cristina y residenciado en el Barrio Brisas del Río, calle principal, casa N° 25.843, cerca del Abasto La Fuente, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, y ARGENIS DE LA TRINIDAD CEPEDA PEREZ, de nacionalidad venezolana, natural de La Rita, Estado Zulia, de 54 años.....