PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud efectuada por la ABG. KIZZY BERRUETA, en su carácter de Defensora Pública de los imputados NOMBRE OMITIDO ART. 545 LOPNNA Y NOMBRE OMITIDO ART. 545 LOPNNA, a quienes según el libro de entrada y salidas de causas (L1) llevado por este Tribunal, se le sigue causa penal ante este Tribunal por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR y DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, cometidos en perjuicio de HECTOR LUIS PIRELA CASANOVA, referida a que se decrete el cese de la medida cautelar que actualmente pesa sobre los mismos.
SEGUNDO: Se decreta el cese de la medida cautelar que actualmente pesa sobre los prenombrados imputados contenida en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y en consecuencia se les otorga su LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a partir de la presente fecha, no obstante, tal declaratoria no comporta el cese de su condición de imputados dentro de e.....